• Los jueces rechazan la responsabilidad de los padres ante acciones de menores
La Sección Quinta de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha desestimado las principales impugnaciones de tres recursos interpuestos por la Federació d’Associacions de Veïns de Barcelona (FAVB) y otras ocho entidades contra la ordenanza de civismo del Ayuntamiento de Barcelona, que pedían su nulidad al considerarla discriminatoria. Sin embargo, los jueces han declarado la nulidad de algunos artículos de esta normativa aprobada en diciembre del 2005, entre ellos, los que establecen la responsabilidad directa de los padres o tutores cuando un menor la vulnera, porque no hay ninguna legislación que lo avale.Con ese mismo argumento, en las tres sentencias que fueron notificadas ayer, el alto tribunal también considera que, en contra de lo que obliga la normativa municipal, el ayuntamiento no puede sustituir las penas de multa por trabajos en beneficio de la comunidad si no existe el consentimiento del condenado. El consistorio barcelonés anunció ayer que estudiará recurrir este fallo al Tribunal Supremo.
En cambio, la sentencia avala la ordenanza del civismo frente al resto de motivos de impugnación, al estimar que no supone una vulneración del principio de tipicidad y, en todo caso, se puede recurrir en cada supuesto concreto. En este sentido, remarca que la ordenanza permite actuar contra premisas que comportan «sin duda una perturbación de la tranquilidad o del ejercicio de los derechos legítimos» de los ciudadanos. Como ejemplo de ello, cita los juegos en el espacio público con instrumentos que pueden poner en peligro la integridad física de terceros o de bienes, servicios o instalaciones, así como las acrobacias con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas destinadas para ello.
De la misma manera, avala que la ordenanza actúe contra el ofrecimiento de bienes y servicios a quienes se hallen en el interior de vehículos, la limpieza de parabrisas y actividades que obstruyan el tráfico. Y también, entre otros, el alto tribunal apoya que la normativa del civismo permita actuar contra el ofrecimiento o aceptación de servicios sexuales retribuidos en el espacio público así como contra el consumo de bebidas alcohólicas en la calle.
PROTESTA / El fallo llega un día antes de una manifestación convocada por el Col.lectiu + Art, que hace un llamamiento especialmente a artistas callejeros, para protestar por la ordenanza. Partirá hoy a las 19.00 horas de la plaza de Universitat.
El Periódico
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